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Medidas Alternativas

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Medidas Alternativas

En determinadas circunstancias, es posible sustituir de manera temporal la obligación de contratar personas con discapacidad en las empresas, previa autorización del servicio público de empleo, la declaración de excepcionalidad. Para ello, se deben adoptar algunas medidas alternativas a la contratación de personas con discapacidad que contribuyen a crear empleo de manera indirecta para personas con discapacidad. Estas medidas alternativas se regulan en el Real Decreto 364/2005 de 8 de abril y son las siguientes:

  1. Celebrar contratos de prestación de servicios o suministro de productos con Centros Especiales de Empleo o con un trabajador/a autónomo/a con discapacidad.
  2. Realizar donaciones o acciones de patrocinio de carácter monetario a favor de fundaciones o asociaciones de utilidad pública cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de las personas con discapacidad.
  3. Constituir enclaves laborales con Centros Especiales de Empleo. El enclave laboral es un contrato por el que un grupo de personas con discapacidad de un CEE se desplazan a la empresa colaboradora para efectuar trabajos que formen parte de la actividad normal de la empresa colaboradora.

Es posible combinar distintas medidas alternativas para alcanzar los importes necesarios.

Cuando se utilicen las medidas 1ª y 3ª, el importe mínimo de los contratos será de tres veces el IPREM anual por cada persona con discapacidad dejada de contratar por debajo del 2%. Para la medida 2ª el valor de la donación deberá ser, al menos, de 1,5 veces el IPREM anual por cada persona con discapacidad dejada de contratar por debajo del 2%.

PASOS A SEGUIR

  1. Calcular el número de trabajadores/as con discapacidad necesarios/as para el cumplimiento de la cuota de reserva, y de los importes necesarios, según la medida o medidas alternativas que se vayan a utilizar.
  2. Solicitar la declaración de excepcionalidad al servicio público de empleo competente.
  3. Obtención del Certificado de Excepcionalidad y autorización para aplicar la medida alternativa.
  4. Formalizar las medidas alternativas autorizadas.
  5. Anualmente, enviar al servicio de empleo competente la justificación de cumplimiento de la medida o medidas utilizadas. 

Si quieres saber más sobre cómo obtener la declaración de excepcionalidad y sobre las medidas alternativas, en Fundación ONCE estamos para ayudarte.